FELICES FIESTAS

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El equipo de peritaciones Mga y yo concretamente, os deseamos lo mejor para estas fiestas.

Rocío A.M.

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Mis entradas favoritas:

La discordia de las patentes de los techos de EEUU, ¿obra Española?

Pelea de osos: Haribo vs Lindt

Las batallas del vino más caro del mundo: Chateau Lafite Rothschild vs Chateau Lafitte

PODEMOS Y SU VALOR DE MARCA.

El valor de una marca es muy importante, si no que se lo pregunten a la cúpula gestora de Podemos, que con la antigüedad que tiene ya ha tenido problemas con su marca. (Recordemos aquí).

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En primera instancia se intentó llevar a cabo el registro de la palabra Podemos como marca para así protegerla de posibles imitadores ( tipo: Sí que podemos, Claro que podemos, Juntos Podemos.… y más derivados que se nos ocurran) y para que el reconocimiento social del que dispone, esté cubierto.

Si  establecemos la palabra Podemos como palabra de uso común (por obviedad), el partido se enfrentaría a un grave problema, por lo que se ha planteado recurrir ante la Junta Electoral Central cualquier intento de registro de la palabra Podemos como grupo candidato a las elecciones municipales, ya que según ellos, estarían haciendo uso indebido de la marca Podemos, y ello pudiere perjudicar al partido nacional, ya que muchas de las agrupaciones locales que surgen carecen del control político necesario de la cúpula y de ese modo, sus errores dañarían la imagen de Podemos a nivel nacional. En palabras de sus dirigentes, “No se admitirán sumas de siglas ni candidaturas que sean lo viejo con ropaje nuevo”.

Así que estaremos al tanto de si Podemos puede o no puede con la marca.

Rocío A.M.

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20.000 GRACIAS

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Quisiera agradecer las más de 20.000 visitas que tenemos a este blog, y con este motivo, me gustaría hacer un  #TopTrending de las visitas a este Blog Peritaciones Mga:

– Diferencias entre marca “notoria” y marca “renombrada”

– ¿Polo de Ralph Lauren tiene un doble?

¿Tiffany pasa a ser nombre genérico?Tiffany vs Cotsco

– Una confusión de sólo 200 años. By BBC #errataBBC

 Curiosidades del calendario. ¿Murieron Cervantes y Shakespeare el mismo día?

Y como por suerte nos visitan desde muchas partes del mundo, pues aquí os dejo una foto del mundo dando las gracias en todos los idiomas 😉

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¿No puedo hacerme un selfie con la Torre Eiffel?

París, sus puentes, sus calles, sus museos, sus jardines… la Torre Eiffel, perdón ¿la Torre Eiffel?? El símbolo de Francia, balcón de París como la describe su propia web,en la actualidad cuenta con casi 7 millones de visitantes al año (de los cuales el 75% son extranjeros), lo que le convierte en el monumento de pago más visitado del mundo y yo me atrevería a decir, que y por tanto el más fotografiado del mundo. Y quien de esos 7 millones de visitantes no se ha hecho un selfie con la torre Eiffel, es casi imposible, si visitas  Paris y no te haces una foto en la Torre Eiffel, yo creo que te anulan el Facebook.

the-eiffel-tower-103417_640_jpg_pdf__1_página_Pues bien, parece ser que por esta actividad llevada a cabo por todos y cada uno de nosotros puede llegar a ser multada, ¿y por qué? Pues se considera que el diseño de la iluminación nocturna de la Torre Eiffel es en sí misma una obra de arte. En el sitio web oficial de la Torre se declara lo siguiente: “No existen restricciones a la publicación de fotografías de la Torre durante el día. Las fotografías tomadas de noche cuando la iluminación está encendida están sujetas a la legislación de derecho de autor, y deberán abonarse derechos de publicación a la Société Nouvelle d’exploitation de la Tour Eiffel”.

Los particulares podemos estár más tranquilos, pero los fotógrafos publicitarios, de moda y de diseño interior a menudo, incluyen con frecuencia en sus composiciones algún tipo de obra artística, como un cuadro colgado de fondo en una pared. Sin embargo, muchos fotógrafos no son conscientes de que la inclusión de este tipo de obras en una fotografía que vaya a utilizarse con fines no privados sin el permiso del titular de los derechos de autor puede constituir una reproducción no autorizada de la obra. Como tal, en determinadas circunstancias puede hacer que el fotógrafo o el responsable de la publicación de la fotografía tengan que responder judicialmente por la infracción del derecho de autor de esa obra. Así, pues, ¿cuándo se requiere permiso para fotografiar objetos protegidos por el derecho de autor? La respuesta es un tanto compleja. Depende de diversas cuestiones relacionadas con el sujeto o el objeto que vaya a fotografiarse, así como del uso que se pretenda dar a la fotografía.

En 2001 la UE emitió una directiva para armonizar los derechos de autor y afines en la sociedad de la información. Los derechos de autor varían de un país a otro, y cada caso estará determinado por los hechos y circunstancias concretas. No obstante esta directiva establece una cláusula según la cual se pueden tomar fotos, libre de cargas, de obras arquitectónicas en espacios públicos.

De esta forma como es opcional, no es la única obra susceptible, nos encontramos que el  famoso edificio Atomium en Bruselas, o el parlamento también tienen derechos de autor.

Así que cuidado con los selfies que nos hacemos de viaje, depende para que lo utilices 😉

Os dejo el link de la OMPI donde explica perfectamente las singularidades de este tema.

Rocío A.M.

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